EN DEFENSA DEL DERECHO A LA VIDA Y A LA INFORMACIÓN
La sociedad peruana no debe aceptar discriminar entre vidas deseadas y no deseadas Alertamos a la opiniónpública que organismos ANTIVIDA se están sirviendo del prestigio y misión de la Defensoría del Pueblo para sorprender al Tribunal Constitucional para que falle a favor de dos ciudadanas que demandan al Ministerio de Salud que distribuya la píldora de Anticoncepción Oral de Emergencia (AOE) - Levonorgestrel 0.75mg, tal como lo muestra el comunicado difundido por la Defensoría el 25 de septiembre último. Cuando no hay medicinas en los hospitales, ni el mínimo instrumental básico en las postas médicas, cuando el nivel de desnutrición en el Perú es de los más altos de Latinoamérica, llama poderosamente la atención el interés de la Defensoría en defender un negocio millonario alrededor del Levonorgestrel. ¿Por qué no preocuparse, por ejemplo, en adquirir antibióticos para luchar contra las infecciones respiratorias o digestivas que causan la mayor de cantidad de víctimas en nuestro país? La Defensoría tiene el papel de defender a los débiles, no a farmacéuticas, que amparándose en ONGs buscan lucrar a costa de vidas humanas; no los intereses de ONGs feministas, que reciben millonarias aportaciones de trasnacionales del aborto, como lo muestra el reciente informe de la APCI. ¿A quién debe defender la Doctora Beatriz Merino? ¿No es al niño por nacer, o a la mujer peruana, que de saber de los efectos abortivos de este fármaco no lo usaría jamás?
Los que sostienen que la AOE no es abortiva se basan principalmente en las opiniones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), pero hay que tener en cuenta que no son instituciones científicas sino organismos políticos, que han redefinido arbitrariamente el comienzo del embarazo como la implantación del embrión, y que basados en dicha redefinición niegan que la AOE sea abortiva. Estos organismos internacionales no quieren reconocer que la vida humana comienza con la fecundación del óvulo, sino cuando el embrión recién formado se implanta en el útero. Como se sabe, el Levonorgestrel 0.75mg tiene tres efectos reconocidos científicamente: la inhibición de la ovulación, la inhibición de la movilidad de los espermatozoides y la alteración del endometrio evitando la anidación del embrión recién concebido.Recordamos que nuestra Constitución reconoce el derecho a la vida desde la concepción. Por tanto, si hay dudas razonables sobre el efecto abortivo de la AOE es lógico suspender la distribución de esa píldora, porque pone en peligro la vida del concebido. Actualmente nadie puede decir con certeza absoluta que la AOE no ponga en peligro la vida del embrión (nuevo ciudadano -una nueva persona- que ha aparecido en la existencia). Es decir, aplicar, al menos, las mismas medidas de prudencia que se aplican a la comercialización de cualquier medicamento o producto alimenticio.

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